FAQs

Sobre todo para reagrupación familiar, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, nacionalidad, inscripción del matrimonio en el Registro Civil, divorcio con elemento extranjero y expedientes de herencia.
Sí. Si procede de un país del Convenio de La Haya, basta la apostilla; en los demás casos hace falta la legalización consular. Ese sello también se traduce, así que consiga primero el documento completo.
Sí. La firma un traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, con su sello en cada página. Es el formato que admiten los registros, los juzgados y las oficinas de extranjería.
Cuente todas las caras escritas, incluidas la apostilla y los sellos del reverso: todas forman parte del documento y se traducen. Si tiene dudas, envíe el escaneo completo y se lo confirmamos antes de empezar.

Quizá también necesite

Envío postal de la traducción jurada en papel, Juradoc

Envío postal de la traducción en papel

La traducción jurada se entrega siempre en PDF con firma electrónica, válida ante la Administración española desde 2020.Si además necesitas el ejemplar en papel con firma y sello originales, añade esta opción: te lo enviamos por correo certificado a cualquier dirección de España.
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