FAQs

Sí, siempre que lo presente ante una administración cuyo idioma oficial no sea el del certificado. Es lo habitual en los expedientes de nacionalidad, residencia, visado, adopción y oposiciones.
Sí, si el documento va a surtir efecto en otro país firmante del Convenio de La Haya. La apostilla forma parte del documento y también se traduce, así que conviene obtenerla antes de encargar la traducción.
La realiza un traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y lleva su firma y su sello. Desde 2020 la Oficina de Interpretación de Lenguas admite la firma electrónica reconocida: el PDF tiene la misma validez que el ejemplar en papel.
Suba el escaneo o la fotografía del certificado desde el formulario de esta página e indique el idioma de origen y el de destino. Recibirá la traducción jurada en PDF firmado. Si necesita el ejemplar en papel sellado, añada el envío postal.

Quizá también necesite

Envío postal de la traducción jurada en papel, Juradoc

Envío postal de la traducción en papel

La traducción jurada se entrega siempre en PDF con firma electrónica, válida ante la Administración española desde 2020.Si además necesitas el ejemplar en papel con firma y sello originales, añade esta opción: te lo enviamos por correo certificado a cualquier dirección de España.
€15,00 EUR
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